Desde el 1 de septiembre de 2026, todas las empresas establecidas en Francia y sujetas al IVA deben estar en condiciones de recibir facturas electrónicas. Sin condición de tamaño: afecta tanto a la microempresa como al grupo.
Muchos directivos se quedaron con la fecha de 2027 y creen que van sobrados. 2027 es la fecha de emisión para las pymes y las microempresas. La recepción, en cambio, ya se aplica.
Las dos obligaciones, que no hay que confundir
Recibir: todas las empresas sujetas al IVA, desde el 1 de septiembre de 2026.
Emitir: las grandes empresas y las empresas de tamaño intermedio desde el 1 de septiembre de 2026; las pequeñas y medianas empresas y las microempresas a partir del 1 de septiembre de 2027.
La consecuencia práctica es inmediata: si uno de tus proveedores es una gran empresa o una ETI, ya te envía sus facturas en formato electrónico. Si no puedes recibirlas, se bloquean las facturas de tus proveedores, no las suyas.
Una factura electrónica no es un PDF por correo electrónico
Es la confusión más habitual. Un PDF enviado como archivo adjunto sigue siendo una factura en papel convertida en archivo: nada de lo que contiene puede leerse automáticamente con un programa.
La factura electrónica tal como la entiende la reforma es un documento estructurado, que circula a través de una plataforma homologada por la administración tributaria. Los datos de la factura se pueden aprovechar tal cual, y algunos se transmiten a la administración.
El tema no es la factura. Es la dirección a la que pueden enviarte una, y que tu empresa tenga una.
Qué hacer, por orden
Elegir por dónde entran tus facturas. Es el punto de partida, y es una decisión de empresa, no un ajuste técnico. Lo más habitual es que tu asesor contable tenga una solución que proponerte, a veces incluida ya en su servicio.
Comprobar tus datos de identificación. Número de identificación, número de IVA intracomunitario, direcciones de facturación: son los que permiten enviarte una factura. Un dato erróneo o caducado hace fallar la entrega sin que nadie te avise.
Avisar a tus proveedores y a tus clientes. La transición es progresiva en ambos sentidos: mejor decirles por dónde pasas que descubrirlo en una factura perdida.
No esperar a 2027 para la emisión. Una empresa que sabe recibir casi siempre sabe emitir. Hacerlo a continuación evita volver a abrir el tema dentro de un año.
La relación con tu sitio web
Existe, aunque no sea evidente. Si vendes online a profesionales, la factura que sale de tu tienda tendrá que salir algún día por este circuito. Los datos de identificación que recoges al hacer el pedido son exactamente los que este circuito necesita.
Un formulario de pedido que no pide ni el número de identificación ni el número de IVA de su cliente profesional prepara un trabajo de corrección. Es uno de los puntos que revisamos en las tiendas que auditamos.
Fuente: ficha oficial «Facturation électronique entre entreprises» de service-public.gouv.fr, consultada el 10 de septiembre de 2026.


